Mediante la Directiva Presidencial 03 del 16 de mayo de 2024, el Presidente de la República creó la Mesa técnica de coordinación para la Lucha contra la Corrupción, en consideración a la imperiosa necesidad de fortalecer los mecanismos de transparencia para fortalecer la participación ciudadana y asegurar que las acciones gubernamentales sean conocidas y supervisadas por la sociedad en su conjunto. La Mesa es un instrumento, de carácter permanente, cuyo objeto principal es coordinar y articular las acciones gubernamentales destinadas a documentar y colaborar eficazmente con la administración de justicia y los entes de control, con respeto de su autonomía e independencia, para la lucha contra la impunidad, especialmente respecto de actos de corrupción, así como proponer medidas para mejorar los sistemas de control y supervisión en las entidades de la Rama Ejecutiva, en procura de prevenir, detectar y promover la investigación y sanción de tales conductas.
1. Coordinar la implementación de estrategias y políticas interinstitucionales para la prevención del uso indebido de recursos públicos.
2. Promover la adopción de mejores prácticas y estándares de transparencia y rendición de cuentas, en articulación con la Red Anticorrupción de que trata el artículo 2.2.21.7.1 y siguientes del Decreto 1083 de 2015.
3. Solicitar y recibir informes y documentos de las entidades de la Rama Ejecutiva relacionados con la gestión de recursos públicos.
4. Emitir recomendaciones a las entidades de la Rama Ejecutiva para mejorar sus sistemas de control interno y supervisión.
5. Coordinar con los entes de control y actores externos, públicos y privados, medidas para fortalecer los mecanismos de vigilancia y control.
6. Promover e impulsar acciones para que, las respectivas entidades públicas documenten sus actuaciones en el marco de la transparencia y colaboración con las autoridades judiciales y administrativas para lo de su competencia.
7. Proponer medidas para la recuperación de recursos públicos, en los casos en que las autoridades competentes determinen la responsabilidad de servidores públicos y particulares por actos de corrupción en contra del Estado.
8. Sin perjuicio del deber de denuncia que les asiste a los funcionarios públicos, promover y participar en la formulación de denuncias ante las autoridades competentes, por actos de corrupción.
9. Diseñar e implementar estrategias para una mayor eficiencia y eficacia en la coordinación y articulación entre los distintos sistemas de responsabilidad y control disciplinario, fiscal y judicial, en el marco de la lucha contra la corrupción; así como para la promoción de la cultura institucional de cero tolerancia con la corrupción.
10. Gestionar la formulación e implementación de programas de lucha contra la corrupción con organismos y proyectos de cooperación internacional.
11. Fomentar la formulación de planes y proyectos de investigación sobre las causas y los efectos de la corrupción.
12. Examinar y proponer ajustes de diseño institucional para mejorar los sistemas de prevención de la corrupción.
13. Realizar un informe semestral, de actividades, el cual será de carácter público, y deberá incluir, entre otros aspectos, los avances en la implementación de las estrategias y políticas interinstitucionales, así como una evaluación de los resultados obtenidos.
La Secretaría de Transparencia, en su calidad de Secretaría Técnica, lleva a cabo la relatoría de las actividades de la Mesa y archiva los documentos generados.
1. Documentos de interés
1.1 DIRECTIVA PRESIDENCIAL No. 03 DE 2024
1.2 REGLAMENTO INTERNO
2. Sesiones
2.1 - 2024
2.1.1. AGOSTO 2024
2.1.1. OCTUBRE 2024
3. Informes de gestión