Preguntas Frecuentes sobre RITA

Preguntas Frecuentes sobre RITA

​Oficial d​​​​e Transparencia​​

¿Cómo se elige el Oficial ​de Transparencia​? 

El rol de Oficial de Transparencia será asignado, con plena autonomía, por la máxima autoridad de cada entidad, ya sea Presidente, Director, Gerente u otra denominación. Esta asignación se realizará por escrito remitiendo a la Secretaría de Transparencia el nombre, información de contacto y cargo desempeñado al interior de la entidad por el Oficial de Transparencia. No es necesario y no se recomienda el crear un nuevo cargo para el Oficial de Transparencia.

Para tal fin pueden remitir la correspondencia física a la Calle 7 No. 6-54 de la ciudad de Bogotá D.C., o al correo electrónico contacto@presidencia.gov.co.

¿Cuál es el perfil del Oficial de Transparencia? 

En lo que respecta a los Oficiales de Transparencia se recomienda tengan conocimiento en los sistemas de riesgo de corrupción en su entidad, tener capacidad para identificar las causas y los correctivos o acciones de mejora de los respectivos procesos.
  • El oficial de Transparencia debe ser una persona de confianza de la máxima autoridad de la entidad.
  • No haber sido objeto de investigación ni objeto de sanción disciplinaria, administrativa o condena penal por faltas o delitos relacionados con corrupción.
  • Ser conocedor de la estructura de la entidad, y de los procesos y procedimientos internos.
  • Conocedor de las estrategias anticorrupción de la entidad. 

Canal​​​​ de denuncias

¿Si no cuento con canal de denuncias qué debo ​hacer? 

Cada entidad debe disponer de un canal confiable de denuncias de corrupción, en caso de no contar con uno, se solicita crear el correo electrónico soytransparente@sigla o nombre de la entidad. gov.co.

Informar a la Secretaría de Transparencia la creación del canal de denuncias, específicar nombre del correo para que la ciudadanía presente sus reportes de corrupción y las gestiones realizadas para cumplir con lo requerido para todo canal de denuncias.


​​¿Cómo puedo contactar a la Secretaría de Transparencia?

En caso de conocer un caso grave de corrupción y articular medidas de prevención o para impulsar las investigaciones, así como para coordinar acciones para el fortalecimiento institucional, la Secretaría de Transparencia está a sus servicios en el siguiente correo electrónico:

denunciacorrupcion@presidencia.gov.co

C​​​ómo realizar el reporte del posible hecho de corrupción

¿Qué debe contener​ el correo con el posible hecho de corrupción?

En caso de conocer un acto de corrupción es importante y necesario describir las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la ocurrencia de los hechos, así como identificar la entidad o posibles funcionarios responsables. 

En caso de tratarse de un proceso de selección o de un contrato estatal, debe identificarlo, o suministrar información que permita su identificación, como lo son: 1) Objeto del contrato; 2) Fechas aproximadas de suscripción o ejecución; 3) Lugar de ejecución del contrato; 4) Entidad contratante.

Así mismo, en la medida de lo posible, se deben aportar las pruebas con las que cuente y soporten los hechos relatados. De esta forma se agiliza el análisis y facilita el trabajo de las autoridades competentes para investigar y sancionar los actos de corrupción

 

¿Cómo puedo hacer seguimiento a mi reporte de corrupción?​

Para hacer seguimiento a su reporte de corrupción puede acudir a la entidad ante la cual radicó su denuncia, consultando el trámite dado a la misma y a qué entes de control les​ realizó el traslado.

Estos entes de control son: La Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República.

Una vez cuente con la información del traslado a una de las entidades de control mencionadas, puede consultar a estas si han iniciado los procesos respectivos y la etapa procesal de los mismos

 

​¿Puedo hacer ​mi reporte de corrupción de forma anónima?

Respecto a la presentación de reportes anónimos, estas pueden ser presentadas y deben ser gestionadas por las entidades en los canales respectivos.

Sin embargo, al tratarse de un reporte de carácter anónimo, el ciudadano debe dar toda la información suficiente que permita generar una orientación en el análisis de los hechos respectivos y aportar todo el material probatorio con que cuente.


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