Secretaría de Transparencia responde a declaraciones de la ANI sobre
posibles irregularidades en proyecto Accenorte
Bogotá, 01 de septiembre de 2025 (@STransparencia)
• La Secretaría de Transparencia reitera que existen posibles irregularidades en la entrega gratuita de bienes públicos del municipio de Chía para la construcción de la Variante Accenorte, Unidad Funcional 3 (UF3).
• Sostiene que dio a conocer, con meses de antelación a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), los hallazgos detectados con el propósito de conocer su postura jurídica y técnica, ante lo cual la Agencia guardó silencio administrativo y técnico.
La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República se permite informar a la opinión pública que, frente a las precisiones hechas por la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), mantiene y respalda con documentos y análisis jurídicos sus conclusiones preliminares sobre el proyecto Accenorte.
Vale la pena mencionar que al presidente de la agencia y su equipo jurídico fueron expuestas las alertas el pasado 26 de mayo, las mismas que posteriormente esta Secretaría remitió a través de comunicación oficial el pasado 30 de julio, sustentando los hallazgos preliminares relacionados con el caso y solicitó información adicional, obteniendo pronunciamiento por la ANI, apenas 24 horas antes de la rueda de prensa anunciada por esta Secretaría. Por lo cual precisa:
1. Sobre los recursos públicos y la cesión de predios, no se afirmó que la entrega de inmuebles fuera ilegal en sí misma. Lo que se cuestiona es que, en el caso de Chía, los bienes cedidos eran de uso público, con destinación exclusiva a vías locales según el POT y se entregaron gratuitamente para una obra regional y nacional. Además, nunca fueron valorados a precios de mercado ni incluidos en la estructuración financiera del proyecto, como lo ordenan las mismas normas que citó la ANI es sus precisiones, pero de manera parcial y sesgada. Este manejo desnaturaliza la iniciativa privada y podría viciar la legalidad del proyecto.
2. Sobre la planeación y los estudios técnicos los propios estudios de conveniencia y oportunidad del citado Convenio 019 de 2017 con el que se entregaron los predios, señalan que los diseños definitivos se realizaron en fase de preconstrucción por el concesionario, por lo que en etapa de factibilidad no había estructuración financiera real de la UF3 con los predios de Chía, ni estudios técnicos completos. En efecto, la Gobernación de Cundinamarca anunció el 11de abril de 2016 que la obra se haría por Chía y que en menos de un mes estaría lista la estructuración financiera, pero la aprobación del proyecto de la APP-IP ocurrió apenas 7 días después del anuncio. Es decir, la APP-IP no contaba con presupuesto, estudios, ni diseños definitivos, lo que evidencia deficiencias en la planeación.
3. Sobre la selección de la Variante Chía como alternativa para la UF3, la ANI afirma que sólo hasta mayo de 2019, mediante un otrosí, se definió que la mejor opción era la Variante Chía; no obstante, la cronología demuestra lo contrario. El convenio con el municipio para ceder los predios se firmó en noviembre de 2017; la interventoría avaló la alternativa en junio de 2018, y la obra se inició en marzo de 2019. Es decir, la construcción comenzó antes de la firma del otrosí de mayo de 2019, lo que entre otras, constituye una posible violación al principio de planeación en la contratación pública y deja en evidencia la falta de veracidad o desconocimiento de la ANI.
4. Sobre el Convenio 019 de 2017 y la entrega gratuita de predios ANI argumenta que “el convenio permitió mejorar el alcance de la obra, pues al reducirse el costo de adquisición de predios se construyó una doble calzada y puentes adicionales”, cuando lo que en realidad ocurrió fue una redistribución de recursos para cubrir mayores cantidades de obra no previstas ni planificadas, desconociendo lo establecido en el contrato de concesión sobre el manejo de remanentes. Además, el convenio se firmó sin que existiera validación técnica de la interventoría sobre los diseños de detalle.
5. Sobre la supuesta inexistencia de usufructo de bienes públicos, la ANI expuso ante el Congreso en 2024, que el peaje de Los Andes ya había recaudado más de $887 mil millones de pesos, siendo necesario que aclare al país: ¿si los rendimientos de esas sumas no están siendo percibidas por el concesionario, a qué se están destinando?, pues más allá del beneficio que reporte la vía a la comunidad, la
construcción de infraestructura de transporte, es en sí, el negocio que genera utilidad al particular. Adicionalmente, la ANI debe explicar por qué extendió el plazo de la concesión y demandó al municipio de Chía por $12 mil millones, cuando según el contrato de concesión, la gestión predial estaba a cargo del concesionario.
Como parte de este pronunciamiento, la Secretaría de Transparencia presenta anexo un documento técnico en el que se sintetizan los hallazgos, la cronología de los hechos y los fundamentos jurídicos que respaldan cada conclusión. Este informe busca ofrecer a la ciudadanía, a la prensa y a los órganos de control, una visión practica y comprensible de los avances en el análisis del caso Accenorte.
La Secretaría de Transparencia reitera que su deber es proteger los bienes públicos y garantizar los derechos. Los hallazgos evidencian que la entrega gratuita de predios de uso público en Chía, para el proyecto Accenorte, plantea serias dudas jurídicas y técnicas que deberán ser valoradas por las autoridades competentes.
Finalmente, insiste en que los resultados de los análisis efectuados tienen por objeto que los actores de toma de decisión sobre esta concesión, puedan anticiparse a tomar medidas judiciales, administrativas o una postura conjunta relacionada con la legalidad del contrato de concesión y de las cesiones prediales efectuadas sobre bienes que no gozaban de la naturaleza jurídica para ser entregados a dicho proyecto.