Respuesta a Comunicado de la Fiscalía General de la Nación

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Respuesta a Comunicado de la Fiscalía General de la Nación

Bogotá, 06/02/2024

Foto: @STransparencia



​Comunicado de prensa

Comunicado de la Secretaría de Transparencia
en Respuesta a Comunicado 
de la Fiscalía General de la Nación


 
Bogotá, 6 de febrero de 2024. (@STransparencia @Aidarragaf). La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República, en respuesta al comunicado emitido por la Fiscalía General de la Nación el lunes 5 de febrero, desea
manifestar lo siguiente:

1. La denuncia y solicitud realizada por nuestra Secretaría, el pasado el 1o de febrero, tiene fundamento en la falta de acciones diligentes para llevar a cabo la captura del señor Carlos Jorge Jaller Raad, exrector de la Universidad
Metropolitana, y de la señora Ivonne Acosta Acero.

2. Lamentamos que el comunicado de la Fiscalía no proporcione respuestas sobre las razones detrás de la falta de uso de los mecanismos internacionales correspondiente para concretar dichas capturas. Esto considerando la proximidad de vencimiento de las ordenes de captura, programado para el 24 de febrero del año en curso.

3. Nos preocupa que, tras varios años de investigación, la Fiscalía aún no tenga certeza sobre la nacionalidad de los señores Carlos Jorge Jaller Raad e Ivonne Acosta Acero, presuntamente estadounidenses. Reiteramos la necesidad de
activar los mecanismos de cooperación internacional con los Estados Unidos para determinar si los fondos desviados por corrupción pasaron por su sistema financiero, solicitando que se inicien acciones penales ante la justicia
estadounidense.

4. Resulta sorprendente que, siendo prófugos de la justicia desde hace más de un año, la Fiscalía no haya solicitado la imputación de los señores Carlos Jorge Jaller Raad e Ivonne Acosta Acero utilizando la figura de declaratoria de
contumacia, según lo establecido en el artículo 291 de la ley 906 de 2004. Respetuosamente, solicitamos considerar el uso de esta figura para garantizar la administración de justicia y prevenir maniobras dilatorias.

5. Reconocemos la decisión del Fiscal del caso de citar a audiencia de formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento contra las personas mencionadas. Valoramos que esta determinación se haya tomado el mismo día
en que expresamos nuestra preocupación por la falta de acción, el pasado 1 de febrero.

Sin embargo, nos preocupa que, según el comunicado, la Fiscalía no tenga información sobre la nacionalidad, ni el paradero de los imputados. ¿Cómo realizará la correspondiente citación para que se presenten? Por ello, solicitamos
respetuosamente a la Fiscalía que, a la par que se haga la solicitud de imputación, se solicite al juez de garantías la declaratoria de contumacia de los señores Jaller Raad y Acosta Acero.​


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6. Respecto al proceso relacionado con el Hospital Metropolitano de Barranquilla, entendemos que la Fiscalía menciona la falta de respuesta de corporaciones bancarias y otras entidades externas como razón para la demora en la etapa de
recolección probatoria. Sin embargo, es importante resaltar la sentencia T-594 de 2009 de la Honorable Corte Constitucional, en la cual desarrolla el principio de libertad probatoria, subrayando que esta no debe ser una excusa para la
falta de avances en un caso de presunta corrupción, que afecta a más de 400 trabajadores de la salud pendientes del pago de 41 meses de salario.

“…el área penal rige el principio de libertad probatoria y, por ende, la apreciación de las pruebas debe hacerse, en forma conjunta, de acuerdo con las reglas de la sana crítica; así las cosas, la apreciación de las diversas pruebas allegadas en desarrollo del proceso penal deben ser valoradas de manera autónoma por el juez de conocimiento, partiendo de una apreciación lógica y razonada. De otro lado, nuestro sistema penal sólo de manera excepcional exige la tarifa probatoria, es decir que ciertas circunstancias o hechos puedan ser probados a través de unos mecanismos expresamente
señalados en la ley.”

“…lo que implica que el juez puede formar su convicción a partir de cualquier medio probatorio, a menos que la ley exija prueba especial.”

Para finalizar, coincidimos con la Fiscalía General de la Nación en que la mejor forma de hablar es con resultados, los cuales seguimos esperando en este ocualquier proceso relacionado con hechos de corrupción. Agradecemos la atención a esta comunicación y esperamos una pronta y efectiva actuación de la Fiscalía.​